Mediación Familiar Privada
Mediación Familiar Privada
Acta de acuerdo.Si las partes alcanzan acuerdos en las materias sometidas a mediación, procedemos a redactar el acta de acuerdo, la que es firmada por las partes. Esta acta es ingresada a los tribunales de familia para su aprobación y cuya resolución hace las veces de sentencia definitiva. Una vez aprobado entregamos a las partes su expediente digital. Honorarios son fijos independiente del número de sesiones que se realicen: Si se logra acuerdo, Honorarios $200.000
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Acta frustrada .Se emite en las siguientes situaciones : - Por existir causas por VIF. - Porque una de las partes declinan del proceso de mediación. - Por la inasistencia de una o ambas partes sin justificar su inasistencia. - o porque habiendo mediado las materias no se logra acuerdo entre las partes. En estos casos emitimos la respectiva acta frustrada, la que habilita a las partes para iniciar la correspondiente acción legal en Tribunales de Familia. Honorarios. - Acta frustrada $80.000 |
¿Qué es la mediación familiar?
La mediación familiar es obligatoria como primera etapa para regular por primera vez o modificar las materias de alimentos (aumento de pensión, rebaja de pensión y/o cese de pensión), relación directa y regular (visitas) y cuidado personal (tuición) de nuestros niños. Lo que se quiere a través de este medio es lograr acuerdo sin necesidad de judicializar estas materias.
Contamos con Mediadora Familiar registrada en la nómina de mediadores del Ministerio de Justicia bajo el Nº 1684, con competencia en las siguientes comunas:
Somos competentes para las siguientes comunas:
Santiago, Cerrillos, Conchalí, Estación Central, Huechuraba, Independencia, La Florida, La Reina, Las Condes, Lo Barnechea, Macul, Maipú, Ñuñoa, Peñalolén, Providencia, Quilicura, Recoleta, Renca, Vitacura.